
REGLAMENTO BECAS UNR
CAPITULO I
Normas Generales
Art.1.-Las becas otorgadas por la UNR a través de su Secretaría de Relaciones Estudiantiles tienen como finalidad promover el acceso y permanencia en la UNR de aquellos estudiantes que por su situación social y económica, carezcan de recursos para costearlos.
Art.2.- Las becas a las que se refiere el artículo anterior serán adjudicadas previa evaluación de los datos consignados por el estudiante en el formulario al que se accede vía Internet a través de la página www.unr.edu.ar. Los formularios tendrán carácter de Declaración Jurada y cualquier falseamiento u omisión en los mismos será causa suficiente para excluir al alumno del sistema de adjudicación.
Art.3.- La convocatoria, inscripción y adjudicación de las becas se hará en las fechas que fije la Secretaría de Relaciones Estudiantiles, tratándose de que los beneficios coincidan con la duración del año académico.
Art.4.- Las becas se otorgarán hasta completar la cantidad disponible y la duración del beneficio será desde el 1º de mayo hasta el 20 de diciembre del corriente año.
CAPITULO II
Art. 5.- Tipos de Becas que se otorgan
CAPITULO III
REQUISITOS GENERALES
Art. 6.- Los aspirantes a las becas, deberán cumplir los siguientes requisitos generales:
1. Ser alumno regular de cualquiera de las carreras que se dictan en la UNR, con una duración teórica no menor a 3 (tres) años.
2. No poseer sanciones disciplinarias durante el cursado de la carrera
3. No ser beneficiario de otra beca de ayuda económica, como por ejemplo Becas PNBU ó Becas PNBB.
4. Haber aprobado 2 (dos) materias en el último Año Académico, anterior al de la solicitud de la Beca (Se considera Año Académico al período que va de Marzo a Febrero, Ej. Beneficiarios Año 2010 materias aprobadas desde Marzo 2009 a Febrero 2010)
5. Completar el Formulario de Inscripción dónde se solicita el tipo de beca elegida, este Formulario tiene carácter de declaración jurada y ser realiza vía internet a través de la pagina de la UNR: www.unr.edu.ar
6. Presentar en tiempo y forma la documentación correspondiente a los efectos del relevamiento de las condiciones exigidas para la adjudicación de la beca. Esto se podrá realizar en las mismas fechas estipuladas para la inscripción on-line, o sea que el estudiante puede inscribirse el 10 de marzo y el mismo día puede presentarse en las oficinas de Bienestar Estudiantil.
7. Podrán acceder a este tipo de Programa los extranjeros con residencia permanente en el país, al momento de solicitar la beca.
8. No poseer titulo terciario o universitario.
9. Los ingresos totales del grupo familiar no deberán superar los montos establecidos por el Ministerio de Educación de la Nación en su Programa Nacional de Becas Universitarias, considerando un integrante mas en la familia por cada estudiante de la UNR que resida a más de 150 Km de su localidad de origen.
Un integrante: $1.980
Entre 2 y 4 integrantes: $4.092
Entre 5 integrantes: $4.441
Entre 6 integrantes: $4.791
Teniendo en cuenta que el PNBU fija dichos montos en el inicio de las inscripciones, y esto es en el mes de septiembre de 2009 aproximadamente, para el llamado de Becas UNR 2010 se le sumará un incremento del 20% a cada uno de los montos de referencia, para sopesar los últimos incrementos en el costo de la canasta básica. Por lo tanto los montos de referencia quedarán de la siguiente manera.
Un integrante: $2.376
Entre 2 y 4 integrantes: $4.910
Entre 5 integrantes: $5.329
Entre 6 integrantes: $5.749
10. Los alumnos ingresantes deberán presentar la documentación fehaciente de finalización del nivel medio, sin adeudar materias al momento de la entrega de documentación.
CAPITULO IV
REQUISITOS ESPECÍFICOS
Art. 7.-Además de cumplir con los requisitos específicos, los distintos tipos de becas deberán cumplimentar los que se detallan a continuación.
BECAS DE TRANSPORTE URBANO
BECAS DE TRANSPORTE INTERURBANO
BECAS DE ALIMENTOS
BECAS PARA MATERIAL DE ESTUDIO
BECAS PARA MADRES SOLAS
BECAS DE DISCAPACIDAD VISUAL
BECAS DE BICICLETAS
BECAS DE INVESTIGACIÓN
BECAS DE COMPUTADORAS
Art.8 .- La adjudicación de las becas estará sujeta a la evaluación que se realice de las condiciones socioeconómicas presentadas por los postulantes, teniéndose en consideración las siguientes situaciones:
1. Núcleo familiar del aspirante, composición del mismo, ingresos, patrimonio, etc.
2. Vivienda que ocupa el aspirante, si es propia, alquilada o cedida.
3. Distancia del domicilio del aspirante hasta el lugar de cursado, no debiendo ser ésta menor a 20 (veinte) cuadras a los efectos del otorgamiento de la Beca de Transporte.
4. Dependencia o independencia económica del alumno de su grupo familiar.
5. Lugar de procedencia del alumno.
6. Antecedentes del aspirante en cuanto al cumplimiento de becas otorgadas anteriormente.
La enumeración precedente es meramente ejemplificativa, pudiéndose tener en consideración otras circunstancias que guarden relevancia y ameriten la adjudicación de la beca.
Caducidad
Art.9.-El beneficio de la beca caducará a los 30 (treinta) días de no ser retirada la misma luego de adjudicada. La Secretaria de Relaciones Estudiantiles confeccionará un listado de espera, siendo adjudicada la beca a quien se encuentre en el orden de selección confeccionado
Renovación
Art.10.- El beneficio de la beca será desde el 1º de mayo al 20 de diciembre del corriente año, si no existieren causales de caducidad y/o pérdida y/o retiro por incumplimiento. El aspirante que desee acceder nuevamente al beneficio deberá proceder a su reinscripción en el año siguiente.
Obligaciones del Beneficiario
Art.11.- Los beneficiarios de las becas están obligados a comunicar todo cambio en la situación expresada en los formularios, en un plazo no mayor a 10 (diez) días a partir del momento en que se produzcan. La omisión de anoticiar estos cambios sin causa justificada podrá provocar la suspensión temporal o definitiva del beneficio.
Art.12.- El beneficiario de la Beca de Transporte está obligado a justificar mensualmente el uso de las tarjetas o pasajes, para poder retirar las correspondientes al siguiente mes. En el caso de beneficiaria de Beca para Madre sola deberá presentar las tarjetas de transporte utilizadas y la constancia de pago de la guardería.
Sanciones
Art.13.- El Programa de Becas creado por la UNR y por consiguiente los requisitos solicitados por intermedio del presente reglamento se sustentan en principios de solidaridad, en el interés, decisión y convencimiento de posibilitar el acceso a la educación superior y/o la permanencia en ella y propender a la igualdad de oportunidades, por lo que cualquier falta que atente contra estos principios será pasible de sanciones, las cuales se graduaran según la índole de la falta cometida y sin perjuicio que otras estatutaria o legalmente pudieran corresponder:
1. Llamado de atención y/o apercibimiento
2. Suspensión temporal en el goce del beneficio
3. Suspensión por el año académico del goce del beneficio. Podrán asimismo, tenerse en consideración, como sanciones accesorias la inhabilitación del aspirante a solicitar nuevamente el beneficio en el/los años subsiguientes.
Art.14.- El presente Reglamento se encuentra sujeto a modificaciones que puedan producirse como consecuencia de la incidencia de situaciones socioeconómicas, tanto en el país como en la UNR, como así también extremos no contemplados que afecten el regular otorgamiento y/o uso del beneficio o no teniendo en consideración los objetivos del presente Programa.
Art.15.- Un ejemplar del presente Reglamento se encontrará a disposición del aspirante para su lectura y/o retiro, en la Secretaria de Relaciones Estudiantiles y/o Dirección de Bienestar Estudiantil y/o en los sitios que determine la UNR oportunamente. Al cumplimentar la solicitud de beca el solicitante manifiesta conocer y aceptar los términos del presente Reglamento.